Resumen del Artículo Disposición adicional decimocuarta

Artículo Disposición adicional decimocuarta del Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (codigo) — Disposición adicional decimocuarta. Capacitación lingüística para el reingreso en adscripción provisional del personal funcionario de carrera. Para el reingreso en adscripción provisional, el personal funcionario de carrera que no tenga reserva de un puesto de trabajo, previsto…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional decimocuartaDisposición adicional decimocuarta

Disposición adicional decimocuarta. Capacitación lingüística para el reingreso en adscripción provisional del personal funcionario de carrera.

Para el reingreso en adscripción provisional, el personal funcionario de carrera que no tenga reserva de un puesto de trabajo, previsto en el artículo 113.2 de esta ley, deberá acreditar el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido en el momento del ingreso al cuerpo, escala o especialidad en el que reingrese.

Norma publicada: 27 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional decimocuarta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional decimocuarta del codigo?

Disposición adicional decimocuarta. Capacitación lingüística para el reingreso en adscripción provisional del personal funcionario de carrera. Para el reingreso en adscripción provisional, el…

¿El Artículo Disposición adicional decimocuarta del codigo está vigente?

El artículo Disposición adicional decimocuarta del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional decimocuarta dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional decimocuarta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.